AYUDAS DIRECTAS COVID del RDL 05/2021

«AYUDAS DIRECTAS COVID» El Real Decreto Ley 05/2021, publicado el pasado 13 de marzo en el BOE establece una serie de ayudas directas para PYMES y AUTÓNOMOS.

 

 

La situación del COVID19, ha provocado en nuestro país una grave crisis económica, que sumada a la sanitaria, ha generado un problema de presente… y futuro.

El RDL 05/2021 recientemente publicado, ha gestionado un paquete de ayudas, que en su total suman 11.000 millones de Euros.

 

 

¿Cómo se distribuyen?

 

Realmente son 7.000 millones los que de manera directa, llegarán a Pymes y Autónomos.

 

5.000 millones, serán para empresas de la península, mientras que los otros 2.000 serán para empresas de Canarias y Baleares, duramente castigadas en los sectores del turismo y la hostelería.

 

Cabe destacar que estas Ayudas Directas Covid tendrán carácter finalista, lo cual quiere decir que deberán utilizarse para pagar deudas, pagos a proveedores y acreedores.

 

Tendrán prioridad los pagos a proveedores por orden de antigüedad de la deuda, y es muy importante, tener en cuenta que los salarios adeudados a los trabajadores no son aplicables en este caso de la Ayudas Directas Covid.

 

¡Importante! Deberás estar al Corriente de Pago de impuestos con la Agencia Tributaria, y de cotizaciones sociales con la Seguridad Social. De lo contrario, no podrás acceder a estas ayudas.

 

 

¿Y de qué importe serán las ayudas?

 
  • Hasta 3.000€: Empresarios que apliquen el Régimen de Estimación Objetiva de IRPF (módulos).
  • Desde 4.000€ hasta 200.000€: Empresas que apliquen Régimen de Estimación Directa de IRPF cuyo volumen de operación anual haya caído más del 30% en 2020. (comparativa total 390 del 2020 vs 2019)
 
 

Es importante conocer, que para empresas de hasta 10 trabajadores, se concederá como máximo el 40% sobre la caída del volumen de operaciones, mientras que para empresas con más de 10 trabajadores, dicho porcentaje será del 20%.

 

 

¿Qué requisitos debes cumplir?

 
  • Tu actividad, debe estar incluida en el ANEXO I de la norma, donde vienen relacionados los CNAE que pueden ser beneficiarios de la ayuda.
  • Corriente de Pago en AEAT
  • Corriente de Pago en Seguridad Social
  • Volumen de operaciones 2020 vs 2019 con una minoración superior al 30%
  • Una vez concedidas las Ayudas Directas Covid, debes justificar el mantenimiento de la actividad, mínimo hasta junio 2022
  • No podrás realizar reparto de dividendos, ni aumentar las retribuciones del personal de Alta Dirección.
 
 

 

¿Cómo puedes solicitar la ayuda?

 

En Seico Consultores, gestionaremos y coordinaremos estas Ayudas Directas Covid y estudiaremos detenidamente tu situación, para acogernos en cada momento a la situación más beneficiosa.

 

Debes tener en cuenta que estas Ayudas Directas Covid serán gestionadas por las  Comunidades Autónomas.

 

El Gobierno, tiene 30 días para la gestión y coordinación del procedimiento, y posteriormente las Comunidades Autónomas, en 10 días facilitarán el modus operandi de la gestión.

 

Dicho esto, parece ser que hasta final de abril no estará disponible la documentación para la correcta coordinación de estas Ayudas Directas Covid.

 

 

¿Nuestra recomendación?

  • Ponte en contacto con nosotros, para recopilar la información necesaria.
  • Gestiona y coordina las posibles deudas de alquileres, proveedores, etc. que tienes en este momento
  • ¡Ponte al día en los pagos de AEAT y SS! ¡Sin ello no tendrás capacidad ni posibilidad de solicitar las Ayudas Directas Covid!
 

 

Visita nuestra web http://www.seicoconsultores.comy si tienes alguna duda, mándanos un mail a info@seicoconsultores.com